Según la Tercera Edición Típica del Misal Romano (2013), en su traducción aprobada para México. - Comisión Episcopal para la Pastoral Litúrgica - Conferencia del Episcopado Mexicano (CEM).

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miércoles, 10 de mayo de 2017

Solemnidad, fiesta, memoria, feria... ¿Qué es eso?

III. Solemnidades, fiestas y memorias.

(fragmento de las 
NORMAS UNIVERSALES SOBRE EL AÑO LITÚRGICO
Y EL CALENDARIO
del Papa Pablo VI)



8. En la celebración del ciclo anual de los Misterios de Cristo, la Iglesia venera también con amor especial a la Bienaventurada Madre de Dios, la Virgen María, y propone a la piedad de los fieles las memorias de los mártires y demás santos.

9. Los santos que tengan importancia universal son celebrados obligatoriamente en la Iglesia universal. En cuanto a los demás, o bien quedan inscriptos en el calendario, pero su celebración es facultativa; o bien se dejan a la devoción particular de una iglesia, nación o familia religiosa.


10. Las celebraciones se dividen según su importancia y se denominan: solemnidades, fiestas y memorias.

11. Las solemnidades corresponden a los días principales cuya celebración comienza el día anterior con las primeras vísperas. Algunas solemnidades tienen incluso una Misa propia de vigilia para la tarde de la víspera, si se celebra la Misa vespertina.

12. La celebración de las grandes solemnidades de la Pascua y Navidad se continúan durante ocho días seguidos. Cada una de estas octavas se rige por sus leyes propias.

13. Las fiestas se celebran dentro de los límites del día natural. Por consiguiente, no tienen primeras vísperas, a no ser que se trate de fiestas del Señor que coincidan con los domingos ordinarios o del tiempo de Navidad y que sustituyan el Oficio del domingo.

14. Las memorias son obligatorias o facultativas. Su celebración se combina con el día de la semana (feria) correspondiente según las normas expuestas en la Instrucción General del Misal Romano y de la Liturgia de las Horas.
Las memorias obligatorias que coinciden con las ferias de Cuaresma, pueden celebrarse solamente como memoria facultativa.
Si varias memorias aparecen en el calendario en el mismo día, puede celebrarse una sola, omitiendo las demás.

15. Los sábados del tiempo ordinario, cuando no haya memorias obligatorias, puede celebrarse la memoria facultativa de la Virgen María.

IV. Las ferias
16.
 Se llama ferias los días de la semana que siguen al domingo. Se celebran de diversas maneras, según su importancia propia:
a) El Miércoles de Ceniza y los días de la Semana Santa a partir del Lunes Santo hasta el Jueves Santo, inclusive, tienen preferencia sobre cualquier otra celebración.
b) Las ferias del Adviento, del 17 al 24 de diciembre, inclusive, y todas las ferias de Cuaresma tienen preferencia sobre cualquier memoria obligatoria. 

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